LUK INTERNACIONAL, S.A.
REDUCCIÓN DE CAPITAL
LUK INTERNACIONAL, S.A.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital (en adelante, la "LSC") se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de Luk Internacional, S.A. (en adelante, la "Compañía"), celebrada el 12 de febrero de 2026, aprobó, por unanimidad de los asistentes, reducir el capital social de la Compañía en el importe de tres mil seiscientos noventa y seis euros con quince céntimos (3.696,15 €), esto es, hasta dejarlo en el importe de ochenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y tres euros con ochenta y cinco céntimos (86.453,85 €), mediante la amortización de Seiscientas quince (615) acciones, números 1 al 615, ambos inclusive, de valor nominal cada una de ellas de 6,01.-€, adquiridas por la propia Compañía, modificándose en consecuencia el artículo décimo de los Estatutos Sociales.
A estos efectos, se hace constar que la reducción de capital acordada no comporta devolución de aportaciones a los socios por ser la propia Compañía la titular de las acciones amortizadas en el momento de la reducción.
Derecho de oposición. - A los efectos de los artículos 334 y 336 de la LSC, se hacer constar que los acreedores de la Compañía cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del anuncio del acuerdo de reducción del capital, y que no hayan vencido en ese momento tendrán el derecho de oponerse a la reducción. El derecho de oposición habrá de ejercitarse en el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de la última publicación del anuncio de este acuerdo de reducción de capital social.
Barcelona, 9 de abril de 2026.- El Administrador Único, Don Francisco Gratacós Matamala.